SOPORTE DOCUMENTAL NECESARIO PARA SOLICITAR LA APERTURA DE UN ESTABLECIMIENTO FARMACEUTICO MINORISTA TIPO DROGERIA

 

·       De conformidad con lo dispuesto en la Resolución 010911 de 1992, Decreto 1950 de 1964, ley 715 de 2001, Decreto 780 de 2016 y Resolución 1403 de 2007, a continuación, se fija el procedimiento, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos que deberán acompañar la solicitud, para la autorización de droguerías.

- Presentar la solicitud de autorización de droguerías (original y copia)

- Certificado vigente de la Matricula Mercantil del establecimiento y del propietario como comerciante.

- Certificado de uso del suelo con cumplimiento de todas las normas referentes al uso del suelo, intensidad auditiva, horario, ubicación y destinación,expedido por la Curaduía Urbana o la Oficina de Planeación Municipal o la entidad que haga sus veces.

- Si el director técnico del establecimiento es:

Químico Farmacéutico: Fotocopia del diploma y de la tarjeta profesional expedida por el Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia.

Tecnólogo en Regencia de Farmacia: Fotocopia del diploma y del registro del título.

Expendedor de Drogas: Fotocopia de la Credencial de Expendedor de Drogas.


- Contrato de trabajo o del contrato de prestación de servicios vigente y perfeccionado, suscrito entre el propietario o representante legal de la Droguería y el director de esta.

- Soporte de afiliación del director del establecimiento, bien sea el propietario o empleado, y de los demás empleados al Sistema General de Seguridad Social: a la EPS y al Fondo de Pensiones, dependiendo del tipo de vinculación laboral.

- Contrato perfeccionado y vigente con un Gestor de Residuos Peligrosos (para la gestión de residuos biosanitarios, cortopunzantes y químicos).

- Certificado de formación y entrenamiento del encargado de administrar los medicamentos inyectables, así como su contrato de trabajo y soporte de afiliación a la seguridad social, si dentro del establecimiento se va a prestar el servicio de Inyectología.

- R.U.T. o N.I.T. según la naturaleza jurídica del propietario.

- Cédula de ciudadanía del propietario o representante legal del establecimiento ampliada al 150%

- Cédula de ciudadanía del director técnico del establecimiento ampliada al 150%

- Se puede prestar el servicio de monitoreo de glicemia con equipo de punción, siempre y cuando el director técnico sea Químico Farmacéutico o Tecnólogo en Regencia de Farmacia.

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REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR PARA SOLICITAR LA APERTURA DE UN ESTABLECIMIENTO FARMACÉUTICO MINORISTA TIPO DROGUERÍA.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA SOLICITAR LA APERTURA DE UN ESTABLECIMIENTO FARMACÉUTICO MINORISTA TIPO DROGUERÍA